NOTA: Enviar las respuesta a una de estas opciones -La plataforma -Correo: Marcoespinoza2509@gmail.com -Whatsapp: 3176466940 FECHA ENTREGA DEL TRABAJO 11-1: 2 DE JUNIO DE 2020 11-2 3 DE JUNIO DE 2020 LIQUIDACIÓN DEL TRABAJO EXTRA O SUPLEMENTARIO El trabajo extra o suplementario es el que excede de la jornada ordinaria y en todo caso el que excede de la máxima legal. Esta labor se debe autorizar previamente y tiene una retribución especial según sea diurna o nocturna. La duración máxima de jornada laboral es de 8 horas al día y de 48 horas a la semana. Están excluidos de esta regulación los trabajadores que: A. desempeñan cargos de dirección, confianza o manejo. B. Los que ejerciten actividades discontinuas o intermitentes C. Los de simple vigilancia cuando residan en el lugar o sitio de trabajo TRABAJO DIURNO Y NOCTURNO Para todos los efectos laborales se califica trabajo diurno comprendido entre las 6:00 am y las 21:00 pm y trabajo nocturno el prestado e...